Propone GP Morena reformar la Constitución local para establecer la nulidad de elecciones por injerencia extranjera
En el desarrollo de la primera Sesión Ordinaria de la Comisión Permanente de la LXV Legislatura del Congreso del Estado de Tlaxcala, las diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena presentaron una Iniciativa con Proyecto de Decreto para adicionar un segundo y un tercer párrafo al artículo 25 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, con el propósito de armonizar el marco constitucional local con las recientes disposiciones federales en materia electoral.
La propuesta plantea incorporar en la Constitución local el principio de que los procesos electorales deberán realizarse mediante elecciones libres, auténticas y periódicas, así como establecer como causa de nulidad de alguna elección local los actos de intervención o injerencia extranjera que influyan en los resultados electorales, cuando constituyan violaciones graves, dolosas y determinantes.
En la exposición de motivos, las y los promoventes expusieron que la iniciativa responde a la reforma publicada el pasado 2 de junio de 2026 al artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mediante la cual se incorporó una nueva causal de nulidad electoral relacionada con actos de intervención o injerencia extranjera, estableciendo además la obligación de las entidades federativas de armonizar su marco normativo en esta materia.
Las y los legisladores argumentaron que la homologación constitucional permitirá fortalecer la protección de la soberanía popular, preservar la libertad del sufragio, garantizar la equidad en las contiendas electorales y brindar mayor certeza jurídica a las autoridades encargadas de la organización y calificación de los procesos comiciales en la entidad.
La iniciativa también señala que para la actualización de esta causal deberán acreditarse elementos como la existencia de actos de intervención o injerencia, su origen extranjero y su influencia en los resultados electorales, evitando que la nulidad pueda sustentarse únicamente en señalamientos o manifestaciones sin sustento probatorio.
Para su estudio, análisis y dictaminación correspondiente, la iniciativa fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos.
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