Confirman como inviable construcción de gasera en Papalotla
* Derivado de la oportuna intervención de diversas
dependencias del Gobierno Municipal de Papalotla, se descubrió que la gasera
que pretendía operar en el barrio de Xaltipa no cuenta con permisos estatales
ni municipales como lo aseguraba el apoderado de la misma.
* Los conductos o tanques de almacenamiento están a
menos de 50 metros de los hogares, por lo que representan un riesgo alto para
la población.
El Gobierno Municipal de Papalotla, que preside el Dr.
Juan Octavio Rojas Cruz, al iniciar la actual administración en septiembre del
2021, se encontró con la noticia de que una Estación de Servicio de Carburación
(gasera), se estaba construyendo desde la administración anterior en la calle
Cañada Morelos #98, del barrio de Xaltipa.
Y es que, a decir de los vecinos “la construcción de
una bomba de tiempo cerca de los hogares, no nos deja dormir con tranquilidad”.
Un centenar de vecinos ha demostrado su inconformidad en la construcción de que
una gasera opere cerca de sus familias, pues los tanques de almacenamiento se
encuentran a menos de 50 metros de las casas que habitan.
Derivado de las pláticas entre vecinos y el Gobierno
Municipal, Rojas Cruz, a través del departamento jurídico, buscó el
acercamiento con las autoridades correspondientes ya que la integridad de la
población es primero.
La Secretaría de Ordenamiento Territorial y Vivienda
(SOTyV), ha dado la razón en primer lugar al Ayuntamiento de Papalotla y a la
población, a través de un dictamen en el que resuelve como, “no congruente la
instalación y/o regularización de una estación de carburación de gas LP, en el
predio ubicado en calle Cañada Morelos #98 del Barrio de Xaltipa:
• Se
considera como uso PROHIBIDO la instalación de depósitos de gas y combustible
en zonas con uso agrícola o agropecuario.
• El
estudio de Impacto Urbano presentado incumple con los artículos 130 y 131 de la
ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del
Estado.
• Incumple
con lo dispuesto por el artículo 342 fracción I de las Normas Técnicas de la
Ley de la Construcción del Estado de Tlaxcala, en razón de que, dentro del
radio de 30 metros en torno a los tanques de almacenamiento de combustible,
existen viviendas.
• Incumplimiento
con lo dispuesto por el artículo 342 fracción IV de las Normas Técnicas de la
Ley de la Construcción del Estado de Tlaxcala, en razón de que existe oposición
de vecinos del área de la ubicación del predio.
Y es que, el Sistema Normativo de equipamiento Urbano
de la SEDESOL (aún vigente), establece que el Radio de Servicio Urbano
Recomendable (RSUR) para el elemento “ESTACION DE SERVICIO” es de 1,000 metros,
mientras que el Radio de Servicio Regional Recomendable (RSRR) es de hasta 10 a
30 minutos, por lo que el área de influencia no tiene sustento alguno.
Recordemos que, en la mañana del viernes 18 de marzo
del 2022, la dirección de Protección Civil Municipal, acompañada de la
Dirección de Obras Públicas y la Policía Municipal, acudieron al lugar para
suspender el inmueble por orden del Ayuntamiento, que ha justificado el cierre
porque al estar sin licencia y sin los permisos requeridos, "no puede
estar en funcionamiento".
Más tarde, en entrevista, el director de Obras
Públicas, el Arq. Rigoberto Pérez Lara, afirmó que el colocar los sellos de
clausura en el establecimiento es "hacer cumplir la Ley", porque
ésta, como lo ha indicado el presidente municipal, "debe ser igual para
todos".
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