Presidentes municipales, con la soga al cuello: Casi 300 expedientes de investigación
El gobernador Alejandro Armenta Mier se muestra insistente, reiterativo
en que su gestión es respetuosa de la autonomía municipal y los ediles,
pero que no será cómplice de omisiones ni corrupción.
Y el pasado 30 de julio, la presidenta del Congreso local, Laura
Artemisa García Chávez, mandó un claro ultimátum al enfatizar que los ex
alcaldes deben solventar sus cuentas públicas de los años 2018 al 2022
ante la Auditoría Superior del Estado (ASE):
https://desdepuebla.com/2025/07/30/cero-complacencias-a-expresidentes-deben-solventar-cuentas-ante-ase-afirma-laura-artemisa/ .
Incluso, dos días después, insistió en que los ex presidentes
municipales de los períodos 2018-2022 deben responder las observaciones
de la ASE, ya que “no hay persecución, pero tampoco impunidad y la ley
se aplicará a todos, sin distinciones”: https://desdepuebla.com/2025/08/01/cuentas-publicas-sin-persecucion-pero-sin-impunidad-advierte-laura-artemisa-a-presidentes-municipales/
La instancia fiscalizadora de la entidad acumula 296 investigaciones con
observaciones por probables anomalías de alcaldes entre los años 2018 y
2022:
2018: 0 ex presidentes municipales
2019: 19 ex ediles bajo indagatoria
2020: 87 ex alcaldes sin comprobar la correcta utilización de los recursos públicos
2021: 143 munícipes bajo la lupa
2022: 47 investigación por probables daños patrimoniales
EL RELOJ AVANZA Y SE LES ACABA EL TIEMPO
Se equivocan garrafalmente los presidentes municipales pasados o
reelectos que se creen seguros e impunes por haber apoyado la campaña
del actual gobernador, tener una buena relación con el “Choco Parra” o
creerse cercanos a la lideresa de la actual Legislatura.
El reloj avanza, se les acaba el tiempo para contestar a los pliegos de
observaciones y/o cargos de la ASE.
Alrededor del 20 de este mes vence el plazo, para que respondan por los
millones de pesos ejercidos en sus gestiones y cumplir con la ley:
El reporte semestral tiene como base lo establecido en el artículo 61
de la Ley de Rendición de Cuentas y Fiscalización Superior.
-La Auditoría Superior del Estado hace la entrega de los informes de
resultados al Congreso del Estado a través de la Comisión de Control,
Vigilancia y Evaluación de la Auditoría Superior del Estado y
posteriormente se hace el reporte de las observaciones
y acciones en materia de fiscalización.
-Después de la entrega y revisión de los informes individuales, así
como de la notificación a las entidades fiscalizadas, estas tienen la
oportunidad de generar aclaraciones, solventaciones o consideraciones
(son las justificaciones correspondientes a los
resultados que se emitieron).
-A partir de ello se genera un dictamen técnico y después se inicia
un proceso jurídico con solicitudes de aclaración, pliegos de
observaciones, recomendaciones derivadas de auditorías de cumplimiento
financiero, recomendaciones derivadas de auditorías de
desempeño y promoción de responsabilidad administrativa sancionatoria.
LA LEY QUE VARIOS ALCALDES SE NIEGAN A CUMPLIR Y QUE MUY PRONTO PODRÍA CONVERTIRLOS EN PRÓFUGOS DE LA JUSTICIA
Sin excepción, todos los que se convierten en ediles juran obedecer y
hacer cumplir el estado de derecho, pero –como ya se precisó- el
Congreso local tiene cerca de 300 expedientes que muy pronto podrían
demostrar que varios decidieron NO respetar sus propias
palabras. En este caso, se trata del artículo 61 de la ley de Rendición
de Cuentas y Fiscalización Superior:
La Auditoría Superior informará al Congreso del Estado por conducto
de la Comisión, del estado que guarda la solventación de observaciones a
las Entidades Fiscalizadas, respecto a cada uno de los Informes
Individuales que se deriven de las funciones de fiscalización.
Para tal efecto, el reporte a que se refiere este artículo será
semestral y deberá ser presentado durante los primeros cinco días
hábiles de los meses de junio y diciembre de cada año, con los datos
disponibles al cierre del primer y tercer trimestres del
año, respectivamente.
Los reportes incluirán invariablemente los montos efectivamente
resarcidos a la Hacienda Pública estatal o municipal o al patrimonio de
las Entidades Fiscalizadas, derivados de la fiscalización de las Cuentas
Públicas y en un apartado especial, la atención
a las recomendaciones, así como el estado que guarden las denuncias
penales presentadas y los procedimientos de responsabilidad
administrativa promovidos, y en su caso, la demás información que la
Auditoría Superior considere relevante.
Los reportes deberán publicarse en la página de Internet de la
Auditoría Superior en la misma fecha en que sea presentado al Congreso
del Estado, en formato de datos abiertos conforme a lo establecido en la
legislación aplicable en materia de transparencia
y acceso a la información pública y se mantendrá de manera permanente
en la página en Internet.
Tic toc, tic toc, tic toc, el reloj avanza, el tiempo se les acaba y
apuesto doble contra sencillo que muchos ex ediles y algunos reelectos
no saben que sus sueños de poder y riqueza están cerca de la guillotina
y, en lugar de ello, están a punto de enfrentar
procesos penales y/o volverse prófugos de la justicia: https://desdepuebla.com/2025/05/11/con-observaciones-por-casi-323-millones-de-pesos-auditoria-superior-del-estado-exhibe-corrupcion-y-pesima-administracion-de-mundo-tlatehui-en-san-andres-cholula/
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